¿Cómo proteger mi música en Ecuador? Propiedad intelectual para músicos



Cada 26 de abril se celebra el Día Mundial de la Propiedad Intelectual, y este 2025, la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) ha escogido un tema muy especial: “La Propiedad Intelectual y la Música: al ritmo de la PI”. ¿Qué significa esto para ti como músico, compositor, intérprete o productor? Que tus creaciones no solo tienen valor artístico, sino también valor legal y económico.

Si eres músico en Ecuador, aquí te respondemos algunas preguntas frecuentes que seguramente te has hecho sobre cómo proteger tu obra.

  • Description text goes here¡Sí! En Ecuador, y en muchos países, tu obra está protegida desde el momento en que la creas. Es decir, si compusiste una canción o grabaste una pieza original, ya tienes derechos sobre ella. Esta protección está garantizada por el Código Ingenios, el Convenio de Berna y normas de la Comunidad Andina.

    Sin embargo, registrar tu obra ante el SENADI (Servicio Nacional de Derechos Intelectuales) te da una ventaja importante: prueba oficial de que tú eres el autor, lo cual es clave si alguna vez alguien usa tu música sin permiso.

  • Tienes dos tipos de derechos:

    • Derechos morales: Nadie puede decir que tu obra es suya, modificarla sin tu consentimiento, o usarla sin darte el crédito. Estos derechos son tuyos para siempre y no se pueden ceder.

    • Derechos patrimoniales: Te permiten autorizar o prohibir que otros usen tu obra: reproducirla, distribuirla, ponerla en plataformas de streaming, usarla en eventos, etc. Estos derechos duran hasta 70 años después de tu muerte, y pueden heredarse o licenciarse.

  • ¡También tienes derechos! Estos se llaman Derechos Conexos, y protegen a:

    • Intérpretes (como tú si cantas o tocas un instrumento),

    • Productores de grabaciones (fonogramas),

    • Organismos de radiodifusión.

    Tienes derecho a que se respete tu interpretación, a que no se utilice sin autorización, y a recibir una remuneración justa. La vigencia de estos derechos puede ir de 50 a 70 años, dependiendo del caso.

  • Registrar tu obra en SENADI te da varias ventajas prácticas:

    • Sirve como prueba legal de que tú eres el creador.

    • Te protege frente a plagios o usos no autorizados.

    • Te facilita negociar contratos con productoras, sellos o plataformas digitales.

    • Te ayuda a hacer valer tus derechos más fácilmente en caso de una disputa.

¿Cómo se registra una obra musical ante SENADI?

El registro de una obra musical en Ecuador es un proceso relativamente accesible, pero debe realizarse correctamente para garantizar una protección efectiva. Estos son los pasos generales:

  1. Completar el formulario oficial en línea desde la plataforma del SENADI.

  2. Adjuntar los archivos requeridos, como la partitura o la grabación de la obra.

  3. Incluir copia del documento de identidad del autor o titular.

  4. Especificar claramente si la obra incluye letra, música o ambas.

  5. Realizar el pago de la tasa correspondiente de $12.

  6. Una vez validada la documentación, SENADI emitirá un certificado de registro, usualmente en un plazo de 15 a 30 días hábiles.

Si bien el proceso parece sencillo, detalles como la correcta identificación del autor y titular, el tipo de obra, o los contratos asociados en caso de colaboraciones o encargos, pueden ser determinantes en la validez del registro. Un error en esta etapa podría afectar tu capacidad de hacer valer tus derechos en el futuro.

Por eso, contar con asesoría legal especializada en propiedad intelectual no solo agiliza el proceso, sino que asegura que tu música esté registrada de forma sólida, estratégica y alineada con tus intereses a largo plazo.

En Aguirre Noboa Law Firm, te acompañamos en cada paso del camino: desde el análisis de tu obra, redacción de contratos si es necesario, hasta el registro y defensa de tus derechos como autor o intérprete.


Como abogados expertos en Propiedad Intelectual, esto es lo que te recomendamos:

  1. Guarda todos los borradores y grabaciones de tus canciones. Ayudan a probar tu proceso creativo.

  2. Si colaboras con otros músicos, firma acuerdos claros sobre quién es autor de qué y cómo se repartirán los derechos.

  3. Considera unirte a una sociedad de gestión colectiva, como SAYCE o SARIME, que se encargan de recaudar y distribuir regalías por el uso de tu música.


La música es arte, pero también es propiedad intelectual. Proteger tus creaciones no solo te da seguridad, también te permite vivir de tu talento de forma justa. En Aguirre Noboa Law Firm, podemos ayudarte a registrar tus obras, redactar contratos con productores o plataformas, y asegurarte de que tus derechos como músico estén siempre respaldados.

¿Tienes dudas específicas o necesitas asesoría personalizada? ¡Estamos aquí para ayudarte!

Autora: María Cristina Guerra

Editado por: Priscila Ordóñez

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